Extinción de contrato de arrendamiento de una VPO

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Extinción del contrato de arrendamiento de VPO tras la nulidad de su transmisión

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La extinción de contratos de arrendamiento de Viviendas de Protección Oficial (VPO) es un tema relevante en el ámbito jurídico, especialmente cuando se trata de nulidad de su transmisión. En este artículo, exploramos un caso analizado por el Tribunal Supremo relacionado con la extinción de un contrato de arrendamiento de VPO tras la nulidad de su transmisión.

 

 

Extinción de Contrato de Arrendamiento de una VPO: Análisis del Tribunal Supremo

Contexto del Caso

El Tribunal Supremo tuvo que resolver un recurso de casación interpuesto en un caso donde se solicitaba la extinción del contrato de arrendamiento de una VPO por parte del adquirente subrogado en la posición del arrendador, una vez declarada la nulidad de la transmisión. La base de la decisión se centró en la firmeza del pronunciamiento de la jurisdicción contencioso-administrativa que declaró la nulidad de la adquisición de la vivienda.

Resolución del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 29 de Madrid, en su sentencia del 21 de mayo de 2018, dictada en el juicio ordinario n.º 50/2010, determinó la nulidad de la adquisición de la vivienda por parte de Encasa. Esta decisión implicaba también la nulidad de la subrogación en la posición de arrendadora de la vivienda.

Argumentos del Juzgado

El juzgado se pronunció sobre los requisitos de transmisión de vivienda pública en Madrid, estableciendo que:

  • El acuerdo de adjudicación de las promociones del IVIMA no se ajustaba a derecho y debía ser anulado.
  • La falta de justificación para la enajenación de bienes patrimoniales de las administraciones públicas.
  • La enajenación masiva de viviendas representaba una alteración sustancial del programa de actuación del IVIMA, que es competencia exclusiva de su Consejo de Administración.

Intervención del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo tuvo que decidir sobre el recurso de casación presentado por la arrendataria de una VPO, quien se oponía a la demanda de desahucio y reclamación de rentas basada en la nulidad de la transmisión de la vivienda.

Argumentos de la Arrendataria

La arrendataria alegó una excepción de «prejudicialidad no penal» y solicitó la suspensión del procedimiento civil mientras se resolvía en la vía contencioso-administrativa la nulidad de la transmisión de la vivienda por parte del Instituto Municipal de la Vivienda de Madrid.

Decisión del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo consideró aplicable su doctrina sobre la falta sobrevenida de acción por nulidad del título en que dicha acción se fundamenta. La firmeza del pronunciamiento de la jurisdicción contencioso-administrativa que declaraba la nulidad de la adquisición de la vivienda y la subrogación en la posición de arrendadora, determinó la desestimación del recurso interpuesto por la demandante.

El Tribunal Supremo señaló que la falta sobrevenida de acción, debido a la nulidad del título de la demandante, implicaba que esta carecía de la condición de propietario y arrendador. Esto llevó a la conclusión de que la acción de desahucio y reclamación de rentas no podía prosperar, desestimando así el recurso.

Conclusión

El análisis del Tribunal Supremo sobre la extinción de contratos de arrendamiento de VPO tras la nulidad de su transmisión resalta la importancia de la firmeza de los pronunciamientos administrativos en estos casos. La nulidad de la adquisición de la vivienda y la subrogación en la posición de arrendador tiene implicaciones directas en la validez de las acciones legales relacionadas con el arrendamiento.

Este caso subraya la necesidad de un cumplimiento riguroso de las normativas y procedimientos establecidos para la transmisión y arrendamiento de viviendas de protección oficial, garantizando que todas las partes involucradas actúen dentro del marco legal correspondiente.

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