Plusvalia municipal de VPO que ha prescrito, ¿qué debo pagar?

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¿Prescribe la plusvalía municipal de la venta de una casa VPO?

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Cuando vendemos un piso de protección oficial VPO hay que tener en cuenta el precio máximo fijado, las posibles ayudas concedidas por la Administración, los créditos específicos para las famosas VPO o los permisos necesarios para proceder a su venta. Pero en lo que respecta al impuesto de plusvalía municipal, nada cambia si se compara con una vivienda libre. 

La plusvalía municipal prescribe a los cuatro años. Dicho tiempo se cuenta desde que finaliza el plazo obligatorio para presentar la autoliquidación voluntaria.

 

¿Prescribe la plusvalía municipal de la venta de una casa VPO en Madrid?

Conocer todo lo relativo a la plusvalía municipal resulta fundamental debido a su impacto directo en las transacciones inmobiliarias y las obligaciones fiscales locales. Este impuesto se aplica al aumento de valor de una propiedad al momento de su transmisión, afectando los costes de compra y venta, así como las decisiones financieras y estrategias de inversión.

Comprender ciertos aspectos clave como cuándo hay que abonarla o cómo se calcula es esencial para evitar posibles sanciones fiscales y tomar decisiones informadas en la gestión de activos inmobiliarios. Por ello, hemos elaborado esta guía con todo lo que necesitas saber en 2024 sobre la plusvalía municipal.

¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal se refiere a un impuesto municipal que se aplica sobre el aumento de valor experimentado por un terreno o propiedad cuando se produce una transmisión de la propiedad, ya sea por venta, herencia o donación. Este impuesto se basa en la idea de que, cuando una propiedad aumenta su valor debido a factores como el desarrollo urbano o la mejora de infraestructuras en la zona, el propietario debe contribuir a los beneficios generados.

¿Cuándo se paga la plusvalía municipal?

Dependiendo de cómo se adquirió la vivienda, el plazo para pagar la plusvalía varía:

  • En las compraventas o donaciones, el plazo para abonar la plusvalía municipal es de 30 días hábiles.
  • En las herencias, la plusvalía municipal se paga durante los primeros seis meses desde el fallecimiento del propietario de la vivienda. Se puede prorrogar otros seis meses si se avisa dentro de plazo.

En cuanto a cuándo no hay que pagar la plusvalía, cabe destacar que en 2024, aquellos propietarios que vendan su casa y no obtengan beneficio con ello, no tendrán que abonar el impuesto.

¿Cuándo prescribe la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal prescribe a los cuatro años. Dicho tiempo se cuenta desde que finaliza el plazo obligatorio para presentar la autoliquidación voluntaria.

¿Quién tiene que pagar la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal recae sobre las diferentes figuras dependiendo de la actividad que se produzca:

  • En las compraventas de vivienda es el vendedor quien debe pagar la plusvalía.
  • En el caso de las donaciones es la persona que recibe la donación quién tiene que afrontar el pago.
  • En las herencias son los herederos quienes pagan la plusvalía municipal.

Asimismo, la persona correspondiente deberá abonar el pago en el ayuntamiento en el que esté ubicada la vivienda.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que prescriba la plusvalía?

La plusvalía municipal prescribe a los cuatro años desde el día siguiente en el que se acaba el plazo para presentar la declaración o autoliquidación o bien desde el día siguiente desde que se acaba el plazo de pago en periodo voluntario de pago.

¿Cuántos años tienen que pasar para no pagar plusvalía?

No es cuestión de años transcurridos, sino de no obtener un beneficio con la venta. En 2024, si no se obtiene un beneficio con la venta de la propiedad, no se deberá abonar el impuesto de plusvalía municipal.

¿Cuándo prescribe el impuesto de plusvalía municipal?

El impuesto de plusvalía municipal prescribe a los cuatro años desde el día siguiente en el que se acaba el plazo para presentar la autoliquidación o desde que se acaba el plazo de pago en periodo voluntario.

¿Cuánto tiempo tiene el Ayuntamiento para reclamar la plusvalía?

El Ayuntamiento tiene un plazo de cuatro años para reclamar la plusvalía municipal. Este plazo comienza a contar desde el día siguiente en que finaliza el periodo voluntario para realizar el pago del impuesto.

Datos necesarios para calcular la plusvalía municipal

Para calcular la plusvalía municipal, se deben considerar varios factores:

  • Valor catastral: Es la base para calcular la plusvalía y se encuentra en el recibo del IBI, la declaración de la renta o en el ayuntamiento.
  • Número de años transcurridos: Entre la adquisición y la transmisión de la propiedad.
  • Municipio del inmueble: Cada ayuntamiento puede aplicar diferentes coeficientes.
  • Valor de transmisión: Precio de venta, herencia o donación.
  • Valor de adquisición: Precio de compra o adquisición de la propiedad.

Métodos para el cálculo de la plusvalía municipal

Desde la aprobación del Real Decreto-ley, existen dos métodos para calcular la base imponible de la plusvalía municipal:

Método objetivo

Se multiplica el valor catastral del inmueble por los coeficientes establecidos anualmente, evolucionando según el mercado inmobiliario.

Método real

Se calcula la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de compra o adquisición del inmueble. Si el contribuyente demuestra que la plusvalía real es inferior a la resultante del método objetivo, podrá aplicar la real.

Nuevos coeficientes para la Plusvalía Municipal en 2024

Periodo de generaciónCoeficiente
Inferior a 1 año0,15
1 año0,15
2 años0,14
3 años0,14
4 años0,16
5 años0,18
6 años0,19
7 años0,2
8 años0,19
9 años0,15
10 años0,12
11 años0,1
12 años0,09
13 años0,09
14 años0,09
15 años0,09
16 años0,1
17 años0,13
18 años0,17
19 años0,23
Igual o superior a 20 años0,4

Ejemplo de cálculo de la plusvalía municipal

Supongamos la compra de una vivienda el 15/02/2017 por 210.000 euros y la venta el 23/11/2021 por 250.000 euros, con un valor catastral total de 100.000 euros (valor catastral del suelo: 60.000 euros, tipo impositivo: 30%).

Método objetivo

  • Valor catastral del suelo: 60.000 euros
  • Coeficiente por los cuatro años: 0,16
  • Base imponible: 60.000 x 0,16 = 9.600 euros
  • Cuota tributaria: 9.600 x 30% = 2.880 euros

Método real

  • Valor de transmisión: 250.000 euros x 60% = 150.000 euros
  • Valor de adquisición: 210.000 euros x 60% = 126.000 euros
  • Base imponible: 150.000 – 126.000 = 24.000 euros
  • Cuota tributaria: 24.000 x 30% = 7.200 euros

¿Qué pasa si no pagas a tiempo la plusvalía municipal?

Si no se paga la plusvalía a tiempo, el ayuntamiento puede reclamar la cantidad más intereses de demora:

  • Durante los tres primeros meses: 5%
  • Entre tres y seis meses: 10%
  • Entre seis y doce meses: 15%
  • Después de un año: 20%

Conclusión

La plusvalía municipal es un impuesto significativo que afecta las transacciones inmobiliarias. Conociendo los detalles sobre su cálculo, plazos y prescripción, los propietarios pueden manejar mejor sus obligaciones fiscales y tomar decisiones informadas. Es fundamental estar al tanto de las normativas locales y nacionales para evitar sanciones y optimizar las transacciones inmobiliarias.

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