VPO: ¿se puede vender sin respuesta de tanteo y retracto?

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VPO: ¿Se Puede Vender sin Respuesta de Tanteo y Retracto?

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La venta de una Vivienda de Protección Oficial (VPO) está sujeta a diversas normativas para garantizar su accesibilidad y asequibilidad. Uno de los mecanismos clave en este proceso es el derecho de tanteo y retracto, que permite a las autoridades públicas intervenir en la venta para asegurar que la vivienda cumpla su función social. Este artículo aborda si es posible vender una VPO sin respuesta de tanteo y retracto, cuándo caduca este derecho, cuánto tarda el certificado y qué sucede si no hay respuesta administrativa.

 

¿Se Puede Vender una VPO sin Respuesta de Tanteo y Retracto?

No, en la Comunidad de Madrid no se puede vender una VPO sin haber recibido una respuesta de la administración respecto al derecho de tanteo y retracto. Es obligatorio notificar a la administración la intención de vender la vivienda y esperar el período establecido para que esta decida si ejerce su derecho.

¿Qué Ocurre si No Hay Respuesta Administrativa?

Si no hay respuesta administrativa dentro del plazo estipulado, generalmente de 60 días, se entiende que la administración renuncia a su derecho de tanteo y retracto. En este caso, el propietario puede proceder con la venta de la vivienda al comprador interesado.

¿Cuándo Caduca el Derecho de Tanteo y Retracto?

El derecho de tanteo y retracto está vigente durante el período de protección de la vivienda VPO. En la Comunidad de Madrid, este período suele ser de 20 a 30 años desde la fecha de calificación definitiva de la vivienda. Pasado este período, la vivienda se libera de las restricciones y el derecho de tanteo y retracto caduca, permitiendo su venta libre en el mercado.

¿Cuánto Tarda el Certificado de Tanteo y Retracto?

El certificado de tanteo y retracto es un documento emitido por la administración que certifica si esta ejerce o no su derecho. El tiempo para obtener este certificado puede variar, pero normalmente se debe recibir una respuesta en un plazo de 60 días desde la solicitud. Este plazo puede depender de la eficiencia administrativa y de la carga de trabajo de las oficinas correspondientes.

Pasos para Solicitar el Derecho de Tanteo y Retracto

  1. Notificación de Venta: Informar a la administración de la intención de vender la VPO, proporcionando todos los detalles de la venta propuesta, incluyendo el precio y las condiciones acordadas con el comprador.

  2. Espera de Respuesta: Esperar el plazo establecido, generalmente de 60 días, para recibir una respuesta de la administración.

  3. Recepción del Certificado: Si la administración no ejerce su derecho dentro del plazo, se emite un certificado de renuncia al tanteo y retracto, permitiendo proceder con la venta.

  4. Proceder con la Venta: Con el certificado en mano, el propietario puede continuar con el proceso de venta al comprador interesado.

Conclusión

Vender una VPO implica cumplir con diversas normativas diseñadas para asegurar que estas viviendas sigan cumpliendo su propósito social. El derecho de tanteo y retracto es una parte crucial de este proceso. En la Comunidad de Madrid, no se puede vender una VPO sin respuesta de la administración sobre este derecho. Es fundamental entender cuándo caduca este derecho, cuánto tiempo tarda el certificado y qué hacer si no hay respuesta administrativa. Con esta información, los propietarios pueden navegar el proceso de venta de manera más informada y efectiva.

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